miércoles, 8 de marzo de 2017

Breviario Fiscal 99

Ni el mismo gobierno federal se salva de la delincuencia.   Dos empleados del Servicio de Administración Tributaria (SAT) desaparecieron en junio pasado cuando se dirigían a realizar una notificación al municipio de Tlatlaya, en el Estado de México.  El vehículo oficial en que viajaban fue localizado en el estado de Guerrero.    Emitieron un comunicado de prensa en septiembre pasado en conjunto con la PGR y la PGJEM al momento de detener a un presunto responsable, quien es un integrante de la familia michoacana.

En septiembre pasado renunció el Jefe del SAT, después de que el Secretario de Hacienda Videgaray fue obligado a renunciar por el mismo presidente dado los escándalos por la visita de Trump a México.  El legado que deja es, aparte del terrorismo fiscal, un abuso extremo del poder para hacer pagar a las clases bajas del país los ingresos que sus superiores están dejando ir por la entrega de la riqueza nacional.   Se la  pasaron imponiendo obligaciones fuera de la ley, en base a resoluciones misceláneas, las cuales son totalmente combatibles.

Intentando callar las críticas ante las condonaciones y cancelaciones que ha hecho el SAT, este emite un comunicado de prensa donde intenta justificar que con esta acción se logró evitar el cierre de más de 7 mil negocios así como la pérdida de los empleos que ellos generan.   Y luego miente al decir que las cancelaciones y condonaciones han sido supervisadas por la auditoria Superior de la Federación sin observaciones, cuando es público el enfrentamiento que tuvieron hace años, dado que el SAT se extralimitó en el uso de sus facultades al condonar retenciones de impuestos, cuando el decreto solo hablaba de condonaciones de impuestos propios.

En otro comunicado de prensa informaron que se iniciaron las primeras 3 mil revisiones electrónicas en el cumplimiento de obligaciones fiscales con los cual están reduciendo los plazos de revisión de un año y medio a cuatro meses.  Recordemos que estas revisiones son únicamente a rubros muy específicos y no es una auditoria completa tradicional.  Se hace por Buzón Tributario (de ahí en que cada vez que acudes al SAT insisten en que te des de alta voluntariamente en dicho buzón)

Tan fácil que era antes hacer una factura y cobrar.  El SAT está usando la tecnología no para beneficiar al contribuyente, sino para que este último le haga todo el trabajo.   Al autorizar la figura de Proveedores Autorizados de Factura Electrónica, se les esta entregando a la iniciativa privada toda nuestra información.  Resulta que ahora hay manuales de como emitir un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), documento que ampare las retenciones, como hacer el cancelado de facturas, como hacer el firmado, etc.  Luego si los pagos son en parcialidades se debe generar otro CFDI.  Y luego me pregunto: ¿entonces para qu pidieron las balanzas de comprobación si no las saben utilizar?   Y luego, lo último con lo que salieron que contrates a un Proveedor de Servicios para que te hagan tu Declaración Informativa de operaciones con Terceros (DIOT). 

A fines de septiembre se publicó en el DOF un decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios electrónicos de pagos y de comprobación fiscal, en lo referente a lo que se ha llamado sorteos de lotería fiscal, en la que participan personas que no realicen actividades empresariales, con lo cual el gobierno federal estimula el uso de medios de pago electrónicos. El SAT absorve los impuestos por cuenta del contribuyente para que reciba el valor del premio sin retención alguna de impuestos. El estimulo consiste en acreditar contra el impuesto sobre la renta propio o retenido a terceros el importe entregado como premio en los sorteos.
Todo lo anterior dentro del periodo que llaman "El Buen Fin". El decreto vence el 31 de diciembre del 2017. 

Axesores Integrales & Asociados, SC || CP Benito Delgadillo Rodríguez || Teléfono: 6241452124.

jueves, 26 de enero de 2017

Breviario Fiscal 98

Después de que a inicios de julio del año pasado la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación(SCJN) reconoció que las revisiones electrónicas vía buzón tributario son constitucionales, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) emitieron un comunicado conjunto sobre esta nueva modalidad con la cual la autoridad utilizará los medios electrónicos para interactuar la fiscalización con el contribuyente.   Recordemos que en este procedimiento el SAT emite una liquidación definitiva fundada y motivada y el contribuyente podrá usar la figura del PRODECON para solicitar un Acuerdo Conclusivo, que es un instrumento mediante el cual se suspende la auditoria, se desvirtúan observaciones o bien se regulariza.   Al utilizar esta figura, el contribuyente tiene derecho a la condonación del 100% de las multas.

En el reporte que presentó el SAT del primer semestre del año pasado, mencionan que cuentan con un total de 1,479,426 créditos fiscales, los cuales representan un monto de $464,965 millones de pesos.   De las cifras anteriores el 51% son los créditos que no se pueden cobrar porque están en disputas legales, el 17% son créditos de baja probabilidad de cobro y solamente el 32% de los créditos si se pueden cobrar.

Los reportes del primer semestre del 2016 que presenta sobre la recaudación del IEPS de SHCP reflejan que el rubro que más incrementó registro fue el de Bebidas saborizadas con azucares añadidos, lo cual tuvo un 15% respecto a su año anterior.   Es decir, los refrescos se encuentran dentro de la canasta básica y el aumento en la recaudación del país, el gobierno federal lo está sacando de la gente más pobre.   Es perverso.
PRODECON informó que la Suprema Corte de Justicia de la nación sentó Jurisprudencia en contra de la retención del 20% de ISR que estaban realizando las Afores por la aplicación de las reglas miscelánea fiscales de 2013, 2014 y 2015.  El SAT pretendía aplicar el concepto de “ingresos esporádicos” y retener el 20% cuando los trabajadores retiraran sus ahorros, en vez de aplicar las reglas de los sueldos y salarios.

En el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de B.C.S. número 33 del pasado 20 de agosto, se reformaron y adicionaron varios artículos al Código Civil del Estado y a la Ley sobre el régimen de propiedad en condominio, por medio del decreto 2363.   En el mismo Boletín, pero mediante el decreto 2368 hicieron lo propio con la Ley de Prestación de Servicios para la atención, cuidado y Desarrollo Integral Infantil.  Luego con el decreto 2369, reformaron, adicionaron y derogaron varios artículos del Código de Procedimientos Civiles.


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