Después de que a inicios de julio
del año pasado la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación(SCJN) reconoció que las revisiones electrónicas vía buzón tributario son
constitucionales, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la
Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) emitieron un comunicado
conjunto sobre esta nueva modalidad con la cual la autoridad utilizará los
medios electrónicos para interactuar la fiscalización con el
contribuyente. Recordemos que en este
procedimiento el SAT emite una liquidación definitiva fundada y motivada y el
contribuyente podrá usar la figura del PRODECON para solicitar un Acuerdo
Conclusivo, que es un instrumento mediante el cual se suspende la auditoria, se
desvirtúan observaciones o bien se regulariza.
Al utilizar esta figura, el contribuyente tiene derecho a la condonación
del 100% de las multas.
En
el reporte que presentó el SAT del primer semestre del año pasado, mencionan
que cuentan con un total de 1,479,426 créditos fiscales, los cuales representan
un monto de $464,965 millones de pesos.
De las cifras anteriores el 51% son los créditos que no se pueden cobrar
porque están en disputas legales, el 17% son créditos de baja probabilidad de
cobro y solamente el 32% de los créditos si se pueden cobrar.
Los
reportes del primer semestre del 2016 que presenta sobre la recaudación del
IEPS de SHCP reflejan que el rubro que más incrementó registro fue el de
Bebidas saborizadas con azucares añadidos, lo cual tuvo un 15% respecto a su
año anterior. Es decir, los refrescos
se encuentran dentro de la canasta básica y el aumento en la recaudación del
país, el gobierno federal lo está sacando de la gente más pobre. Es perverso.
PRODECON
informó que la Suprema Corte de Justicia de la nación sentó Jurisprudencia en
contra de la retención del 20% de ISR que estaban realizando las Afores por la
aplicación de las reglas miscelánea fiscales de 2013, 2014 y 2015. El SAT pretendía aplicar el concepto de
“ingresos esporádicos” y retener el 20% cuando los trabajadores retiraran sus
ahorros, en vez de aplicar las reglas de los sueldos y salarios.
En
el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de B.C.S. número 33 del pasado 20 de
agosto, se reformaron y adicionaron varios artículos al Código Civil del Estado
y a la Ley sobre el régimen de propiedad en condominio, por medio del decreto
2363. En el mismo Boletín, pero
mediante el decreto 2368 hicieron lo propio con la Ley de Prestación de Servicios
para la atención, cuidado y Desarrollo Integral Infantil. Luego con el decreto 2369, reformaron,
adicionaron y derogaron varios artículos del Código de Procedimientos Civiles.
Axesores
Integrales & Asociados, SC || CP
Benito Delgadillo Rodríguez ||Teléfono: 6241452124.