lunes, 13 de octubre de 2014

BREVIARIO FISCAL 71.- Septiembre 2014

El pasado lunes 8 septiembre el Presidente Peña Nieto dio a conocer la estrategia llamada CREZCAMOS JUNTOS, que es la agrupación de acciones conjuntos del Sistema de Administración Tributaria (SAT), Instituto Mexicano de Seguro Social (IMSS), NAFINSA, INFONAVIT, etc., con el fin de hacer atractiva la incorporación de 13.5 millones de contribuyentes que están en la informalidad y que no tributan ISR.   Solo que no nos dice:  ¿Cómo le hará para que el IMSS pueda otorgarle servicios a esos 4.5 millones de nuevos posibles derechohabientes cuando esta institución está al borde de la quiebra por tanto pasivo laboral y por tanta corrupción con la que ha sido manejada por los tecnócratas?; como le hará para que el INFONAVIT pueda otorgar créditos a la construcción cuando este sector ha sido uno de los más dañados por la economía actual?, ¿cómo le harán para que NAFINSA ahora si otorgue créditos a los microempresarios cuando nunca lo ha hecho?

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el artículo 40 del Código Fiscal de la Federación que facultaba al  SAT a embargar  de forma precautoria cuentas de ahorro, contratos, cheques, cajas de seguridad o cualquier otro bien, cuando el contribuyente impida o niegue a la autoridad revisar su comprobación fiscal.   Los ministros manifestaron en su resolución que dicho acto viola el principio de seguridad jurídica, que en estos casos no busca garantizar un crédito fiscal y que se impone sin que existan elementos suficientes para sancionar al contribuyente.  Lo anterior se dio por un contribuyente que se amparó contra un embargo que le hizo el SAT porque solicitó información de su declaración fiscal del 2008 y estimaron que estaba incompleta y le embargaron sus cuentas de ahorro y cheques.

El 19 de septiembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), un decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por lluvias severas durante septiembre 2014, por los daños ocasionados por Huracán "Odile" los días 14 y 15, que afectó la economía, la planta productiva y puso en riesgo la preservación de las fuentes de empleo.

También el SAT publicó en su portal la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, donde se adicionan respecto  del Libro Primero, las reglas I.4.1.9. y el Capítulo I.10.5., que comprende las reglas I.10.5.1. a I.10.5.4.
¡Una mancha más al tigre!  El grupo que detenta el poder sigue preocupando al pueblo cabeño.   La recaudación de rentas del gobierno del Estado fue robada hace años, el OOMSAPAS también, junto con sus delegaciones, la Tesorería Municipal también fue robada y ahora la cereza en el pastel fue puesta.  ¡Les robaron hasta POR TELÉFONO!  Si para "RIPLEY" o para el programa de "LOS CRIMINALES MÁS TONTOS"  Por teléfono les fue robado más de medio millón de pesos.  Pasando cualquier normatividad por entre las patas, les fue pagado a unos supuestos ladrones el importe de más de medio millón de pesos no se sabe para qué, pero así fue. ¿Y el CFDI? ¿Y el visto bueno de tanto funcionario para poder hacer cualquier pago a un simple proveedor?. Los cheques deben firmarlos el tesorero y el presidente municipal.  Cuando cuestionaron al alcalde ¡no sabía de eso! Es preocupante. ...¿Qué hacemos con ellos? Bueno, ahí vienen elecciones. Esperemos que el Congreso del Estado haga algo de investigación, lo cual no creemos, dado que el encargado de la Auditoria fue puesto ahí precisamente por el grupo que está ahorita en el poder acá en Los Cabos.

CP Benito Delgadillo Rodríguez /  624-14-22778.  

sábado, 30 de agosto de 2014

BREVIARIO FISCAL 70.- Agosto 2014

El Sistema de Administración Tributaria (SAT), en su comunicado de prensa 101/2014 de fecha 24 de julio, informó que, en concordancia con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS),   a partir de este mes se emitirán los comprobantes fiscales a los patrones por el pago que hacen de las cuotas obrero patronales.  Se podrá obtener dicho comprobante cuando el pago se haya efectuado con Línea de captura SIPARE o archivo SUA, después de los 5 días hábiles.  Deberán entrar a la página www.imss.gob.mx, en la opción SIPARE, apartado Comprobante Fiscal.   Lo anterior es debido a que entra en vigor la disposición legal que menciona que a partir de julio todas las dependencias y entidades públicas federales, estatales y municipales deberán emitir sus comprobantes fiscales por el  pago de las contribuciones.

El pasado 21 de agosto se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el anexo 3 y 25 de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, donde se dan a conocer los Procedimientos para la identificación y reporte de cuentas reportable a EE UU y pagos a instituciones financieras no participables, para mejorar el cumplimiento de los ordenamientos del FATCA.

El comunicado 111 de agosto 2014, menciona la intervención del Jefe del SAT en la llamada Semana del Emprendedor que organizó la Secretaría de Economía en coordinación con el Instituto Nacional del Emprendedor (INADEM), donde mencionó que SER FORMAL, CONVIENE.   Habló del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) y destacó las ventajas de migrar a la formalidad, como puede ser la red de protección social, los incentivos fiscales, acceder a servicios financieros, etc. Dijo “no se puede concebir una sociedad moderna, ni ser competitivos a nivel internacional, con 29 millones de mexicanos en la informalidad, donde se limitan la creatividad, la innovación, la competitividad, productividad, el financiamiento, crecimiento, generación de empleo, es decir, nos limitamos como país”. Cinismo puro muestra el Jefe del SAT, cuando condonaron deudas mediante el Programa PONTE AL CORRIENTE por cerca de 260,000 mil millones de pesos, principalmente a los grandes empresarios de México, incluido TELEVISA. Ahora resulta que el país no crece por la informalidad de los pobres!!

Ni las asociaciones religiosas se salvan del SAT, dado que en su Comunicado 110 menciona que tendrán que cumplir con sus obligaciones fiscales a partir de enero 2015, las cuales consisten en expedir facturas electrónicas, llevar contabilidad electrónica y emitir constancias de retenciones.

Con el oficio número 900 042014-9143 el Administrador Central de lo Contencioso de Grandes Contribuyentes solicitó aclaración a la Tesis número 1ª CLVI/2014 (10ª), publicada el 25 de abril debido al juicio de amparo directo 2909/2012 donde se les manifestó que no tienen derecho a cuestionar la validez de una factura por un elemento ajeno a la operación.  El SAT no quería hacer valida una factura porque quien la había expedido no había realizado el cambio de domicilio.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió en forma negativa el recurso de inconstitucionalidad 40/2013  y su acumulada 5/2014 que presentaron 62 senadores sobre la homologación del IVA, donde pretendían dejar sin efecto el incremento de este cuando paso del 11 al 16%.  El principal argumento que esgrimieron los senadores fue que se violaba el principio de razonabilidad legislativa porque se basaba en información falaz e inadecuada que había proporcionado la Secretaria de Hacienda.

CP. Benito Delgadillo Rodríguez /  624-14-22778.