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martes, 17 de enero de 2012

BREVIARIO FISCAL Num. 23. - 4a Semana de Enero. 2012

A inicios de diciembre del año pasado el Sistema de Administración Tributaria (SAT)  emitió el Comunicado de Prensa 194/2011 donde pone con letras mayúsculas FORMAL PRISION CONTRA TRES PERSONAS POR DEFRAUDACION FISCAL, todo por usar unas prácticas de contratación laboral llamadas OUTSOURCING.   Lo anterior contra los directivos del Club de Futbol Indios de Ciudad Juárez.  Esta tipo de contratación es muy común aquí en Los Cabos, se les llaman PAGADORAS y consiste en la contratación ficticia que hacen algunas empresas de supuestos empleados para que trabajen en otras con el fin de evadir, primero la responsabilidad legal, segundo los impuestos federales y tercero los beneficios laborales como el IMSS, AFORES  e INFONAVIT, bajo el esquema de la figura jurídica de sociedades cooperativas, sociedades en nombre colectivo, empresas integradoras y sindicatos.   Decía mi madre “se asusta el mar de ver sus olas”, ja  ja.   Si la misma Secretaria de Hacienda fue la promotora de este tipo de prácticas, porque lleva años contratando a sus trabajadores bajo una ficción legal llamada Honorarios Asimilables a Sueldos, con el fin de debilitar a su mismo sindicato.   Es decir, la autoridad si puede tener esas prácticas ilegales, pero uno como contribuyente y jefe de ellos,  no!! .

Ya arreglaría el gobierno federal sus diferencias con el hombre más rico de México?, lo cuestiono porque en otro Comunicado de prensa,  informo el aseguramiento de 23 millones de cigarros ilegales, los cuales ya estaban dentro del país para ser comercializados (o sea ya habían pasado la aduana) y eso beneficia a Carlos Slim el dueño de CIGATAM.

 El IMSS hizo público el acuerdo SA3.HCT.261011/297.P.DIR, dictado por el Consejo Técnico en sesión celebrada el 26 de Octubre del 2011, donde dispensa el otorgamiento de la garantía del interés fiscal en el trámite de prórroga de pagos en parcialidades.   Habrá que llenar ciertos requisitos y no atrasarse en el pago de 2 parcialidades.   No se incluyen en esta dispensa las cuotas correspondientes a Retiro, Cesantía y Vejez (RCV).  Dicho acuerdo estará vigente hasta el 30 de abril del 2012.
 A nivel estatal, mal asesorado se  está viendo nuestro gobernador dado que el pasado 19 de diciembre  se publico en el Diario Oficial de la Federación el llamado Anexo 18 del Convenio de colaboración administrativa en materia fiscal federal, celebrado entre la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico y el estado de Baja California Sur, el cual había sido ya firmado el día 3 de Octubre del 2011, suscrito por nuestro Secretario General de Gobierno, Carlos Mendoza Davis, por el Secretario de Finanzas, José Antonio Ramírez Gómez y el Secretario de Hacienda Federal, José Antonio Meade Kuribreña, y que consiste en que nuestros funcionarios estatales le harán el trabajo sucio a la Secretaría de Hacienda cobrando los créditos fiscales federales.  Bonita pérdida de tiempo y quemada gratis!!  Hágame usted el favor!!  Qué bueno  que el Secretario de Gobierno ya se  fue, ahora falta que se vaya el Secretario de Finanzas, para que no sigan firmando tonterías.  Y así quiere ganar el PAN?.
El ayuntamiento de Los Cabos “premia a todos los ciudadanos que estén al día” con descuentos de predial escalonados que van desde el 20% en enero, 10% en febrero y 5% en marzo del 2012.    Sera cierto esto?   Recuerden que el año pasado el descuento era en marzo el 10% y abril el 5%.
Por cierto en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado del 31 de diciembre del 2011, el numero 70, en el decreto numero 1963, se aprobaron los nuevos valores de terreno y construcción para el cobro del predial para el año 2012 y se modificaron a la alza las tasas que vienen en la Ley de Hacienda Municipal de Los Cabos.  Donde está el premio al cumplido ehh?   Señor Presidente Municipal, seguro que estas bien informado?.
Cabe mencionar que si eres un contribuyente que no tienes adeudos de años anteriores y no cuentas con el dinero suficiente para pagar en una sola exhibición el monto anual del predial, puedes pagarlo por bimestre.  Es decir, el impuesto predial se paga bimestralmente dentro de los primeros 10 días del inicio del bimestre correspondiente.  El primer bimestre (enero, febrero) lo puedes pagar sin recargos hasta el 10 de enero, el segundo bimestre, hasta el 10 de marzo y así sucesivamente.  Solo que aquí no aplica el descuento de inicio de año.
CP Benito Delgadillo Rodríguez  /  624-14-22778. cpdelgad@prodigy.net.mx, arcano6605@hotmail.com