martes, 26 de marzo de 2013

BREVIARIO FISCAL 42.- 3a. y 4a. Semana de Marzo del 2013

Marzo, último mes para presentar declaración anual de las personas morales, reza el Comunicado de prensa 005/2013 del Sistema de Administración Tributaria (SAT).   La cual debe enviarse por internet mediante la Firma Electrónica (FIEL) o la Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC), mediante el programa DEM en su versión 2013.  Recibiendo la declaración anual el SAT genera un acuse de recepción, el cual acredita que fue cumplida esa obligación fiscal.   Si resultasen impuestos a cargo del contribuyente, el pago debe realizarse por internet mediante transferencia electrónica en el portal del banco autorizado.
La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), cumpliendo un año de cuando se apertura la primera Delegación Regional del Noroeste en la ciudad de Tijuana, que tiene jurisdicción en Baja California, Baja California Sur, Sonora y Sinaloa.   Por cierto en su primer año PRODECON dio asesoría a más de 7,000 contribuyentes, es decir, un promedio de 586 por mes.
INFONAVIT también cuenta con un Programa de Apoyo a los patrones que tengan adeudos previos al sexto bimestre del 2012, consistente en descuentos del 50% en recargos y condonación de hasta el 100% de multas.
El gobierno estatal dio a conocer en agosto pasado las participaciones federales otorgadas a los municipios del Estado de Baja California Sur en el segundo trimestre del ejercicio fiscal 2012, siendo un total de $171,310,810, quedando por municipio de la siguiente manera: La Paz $49,377,624, Comondú $26,660,861, Múlege $24,840,875, Los Cabos $52,768,961 y Loreto $17,662,489, cada uno de ellos conformado por los Fondos llamados General, fomento Municipal, Fiscalización e Impuestos Especiales.
Error garrafal de los asesores de nuestro señor gobernador, al permitirle firmar el decreto mediante el cual se reforma y adiciona el Reglamento Interior de las dependencias auxiliares del Gobernador del Estado de Baja California Sur, publicado en el Boletín Oficial del Gobierno, en el número 39 del 9 de agosto del 2012, mediante un número extraordinario.  Mediante dicho decreto están creando, ahora sí de manera formal, las representaciones del Gobierno del Estado en la ciudad de San José del Cabo y la ciudad de Cabo San Lucas.  Dicho decreto es  inútil e innecesario, aparte de violatorio a la Constitución del Estado de Baja California Sur, que al texto dice el artículo 118.- Cada municipio será gobernado por un ayuntamiento de elección popular directa, en los términos de la Ley Electoral del Estado de Baja California Sur y no habrá ninguna autoridad intermedia entre éste y el Gobierno del Estado.  Lo curioso es… Porque solo en Los Cabos?   La política y el gobierno han formado instituciones al amparo de la ley, y deben de respetarse.
CP Benito Delgadillo Rodríguez  /  624-14-22778.    Axesores Integrales & Asociados, S.C. cpdelgad@prodigy.net.mx, arcano6605@hotmail.com. 

miércoles, 20 de marzo de 2013

BREVIARIO FISCAL 41.- 1ª. Semana de Marzo del 2013

Nos encontramos en el mes de presentación de la Declaración anual para las personas morales, con el consabido trabajo exhausto que eso implica para los contadores y su equipo de colaboradores.
El Sistema de Administración Tributaria (SAT) acaba de emitir la forma como operara el programa de amnistía fiscal que había sido ya anunciado desde diciembre del año pasado por el presidente Lic. Enrique Peña Nieto y que se publico en la Ley de Ingresos de la Federación.    Operara bajo el nombre de PONTE AL CORRIENTE y se hará por internet.  Otra buena oportunidad para el gobierno federal, para que ahora sí, todos los contribuyentes tengan su Firma Electrónica Avanzada, también conocida como clave FIEL, dado que es un requisito primordial para poder acceder a este programa.   El programa consiste  en que para el ejercicio fiscal 2006 y anteriores se otorgara un descuento del 100% en recargos, multas y gastos de ejecución y del 80% en contribuciones y en multas relacionadas con el incumplimiento de obligaciones fiscales distintas a la de pago.    Para el año 2007 al 2012 se otorgara el 100% en multas y recargos, así como las multas relacionadas con el incumplimiento de obligaciones fiscales distintas a la de pago.   Y para el 2013 se está otorgando un descuento del 60% de las multas que se originen por incumplimiento de las obligaciones fiscales distintas a la de pago, esta ultima condicionada al pago dentro de los 30 días posteriores a su notificación.
Ya fue colocado, el pasado 19 de febrero, en el portal del SAT, el programa DeclaraSAT en su versión 2013, para efectos de la presentación de la Declaración Anual de las personas físicas.
Ese mismo día se público, en el Diario Oficial de la Federación, la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2013, el cual contiene las reglas II.12.4.1. a la II.12.4.6., y establece que para poder hacer uso del Programa PONTE AL CORRIENTE, se deberá de presentar a mas tardar el 31 de Mayo del 2013 la solicitud de condonación a través de la pagina del SAT.   El sistema mostrara los adeudos susceptibles de ser condonados con 3 datos: Importe actualizado, importe a condonar e importe a pagar.  En caso de no encontrarse los montos que uno adeuda, uno podrá agregarlos. La autoridad verificara la información y le pedirá al contribuyente que de la opción  Aceptar que aparecerá en el sistema con lo cual concluirá el tramite cuando no exista cantidad a pagar.   Cuando existan  montos a pagar, el contribuyente generara dentro del sistema el documento que contenga la línea de captura para generar el pago de la parte no condonada y, una vez que se efectué el pago, se dará por concluido el trámite.  Los pagos deberán realizarse dentro del plazo que se señale en la línea de captura.  En caso de que se venza dicho plazo el sistema tiene la opción de Generar nueva línea de captura.  30 días después de efectuado el pago, el contribuyente podrá descargar del sistema la resolución derivada de su trámite, la cual contendrá la firma del funcionario del SAT que la valido…..Hace años se anuncio un programa similar al que llamaron Cuenta Nueva y Borrón el cual estuvo condicionado a que el contribuyente continuara declarando y cumpliendo correctamente los cuatro ejercicios siguientes al ejercicio 2000.
Compañeros contadores, entremos todos al portal y hagamos uso de este beneficio.  Recordemos que el SAT genero en la administración pasada créditos fiscales sin ningún soporte legal, únicamente por haber enviado las famosas Cartas Invitación y luego obligaban a pagarlas, no con el Procedimiento Administrativo de Ejecución, sino haciendo coerción al incluir dichos adeudos en el Buro de Crédito.

Un saludo a la comunidad del Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Los Cabos, en especial a la Academia de Contaduría, de la cual formo parte.
CP Benito Delgadillo Rodríguez  /  624-14-22778.    Axesores Integrales & Asociados, S.C. cpdelgad@prodigy.net.mx, arcano6605@hotmail.com.  Gracias por los comentarios..