jueves, 26 de noviembre de 2015

Breviario Fiscal No. 89 .- Noviembre 2015

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informo en su comunicado 127 que su recaudación llego al billón 800 mil millones de pesos al día último de septiembre 2015.   La meta que se había propuesto el SAT era de 2 billones de pesos. La mayor parte de este ingreso es generado por el impuesto sobre la renta.

El 18 de noviembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Miscelánea Fiscal 2016, que contempla:  - Decreto por el que se reforman, adiciona y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, así como también el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y  de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

También el mismo día dio a conocer la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio 2016, donde mencionan entre otras cosas que las modificaciones en materia fiscal, deberán incluir en su exposición de motivos el impacto recaudatorio de cada una de las medidas propuestas.  Esta ley contempla recursos por un total de $4,763,874 millones de pesos, de los cuales son ingresos del gobierno federal $ 3,102,440.3 lo que representa el 65.12%, de los cuales son por impuestos $2,407,717.7 millones de pesos, siendo el impuesto sobre la renta el más importante, Ingresos de organismos y empresas $1,052,193.1 (22.09%), que incluye cuotas y aportaciones de seguridad social e ingresos por venta de bienes y servicios, PEMEX y CFE, entre otros, y los ingresos derivados de financiamientos, donde se incluye el endeudamiento interno  del gobierno  federal $609,240.6 (12.79%).   En la ley mencionada anteriormente es donde se faculta al ejecutivo federal para otorgar los estímulos fiscales, así como también el endeudamiento público, y aquí también se le autoriza fijar los precios máximos al usuario final de gasolina, gas y energía eléctrica, diciendo el texto “por razones de interés público”.

El pasado 17 de noviembre dio a conocer la Quinta Resolución de Modificaciones a la Miscelánea Fiscal 2015, todavía sin publicar en el DOF.

Una de las reglas, la 2.1.38 habla sobre las personas autorizadas para realizar avalúos en materia fiscal, para los efectos del artículo 3 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación , y que deberán contar con cédula profesional de valuadores, expedida por la Secretaria de Educación Pública.

En su comunicado 133 el SAT informa sobre una sanción que impone al gobierno de Sonora por incumplimiento al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal.  La sanción consiste en que dentro del periodo del 20 de noviembre al 31 de diciembre el gobierno estatal no podrá ejerceré las facultades de fiscalización, así como no tendrá derecho a recibir los incentivos económicos.    Según su comunicado el Gobierno de Sonora a través de la Dirección de Auditoria Fiscal efectuó revisiones a más de 500 contribuyentes dejando de cobrar cerca de 1,705 millones de pesos.   La sanción económica que impuso el gobierno federal al gobierno de Sonora fue el reintegro de 70.2 millones de pesos de incentivos cobrados indebidamente y 34.2 millones de pesos que fueron reportados indebidamente al Fondo de Fiscalización.    El órgano de fiscalización estatal dio por buenos préstamos millonarios sin verificar su origen y procedencia y valido copia de facturas sin comprobar con terceros las operaciones realizadas.

Se gesta dentro del Congreso del Estado una iniciativa de modificación a la Ley de Derechos y Productos, con lo cual pretenden ejercer el control sobre los trámites de Catastro, Registro Público de la Propiedad y del Comercio, así como Derechos de Servicios de Seguridad Publica.  Recordemos que dentro de la fórmula de la Ley de Coordinación Fiscal, los ingresos por impuesto predial, así como los derechos de seguridad pública juegan un papel importante para la asignación de mayores participaciones y aportaciones del presupuesto federal y estatal.   Ojala nuestros regidores sean completamente responsables y analicen detenidamente si darán o no su anuencia para este cambio.

Axesores Integrales y Asociados, SC.

CP Benito Delgadillo Rodríguez

domingo, 8 de noviembre de 2015

Editorial No.34 .-Oct 2015 - REFORMA DE SALUD


El artículo cuarto de nuestra Constitución, aparte de considerar la igualdad del hombre y la mujer ante la ley, el derecho a la alimentación, a un medio ambiente sano, derecho al agua, a una vivienda digna, a la identidad, el derecho de los niños y el derecho a la cultura, ve también el derecho a la salud.
Dice textualmente que “toda persona tiene derecho a la protección de la salud”, y que “la ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecer la concurrencia de la federación y las entidades federativas …”.
Una de las reformas estructurales que todavía tiene pendiente de llevar a cabo nuestro actual presidente, es precisamente la Reforma a la Salud.  Recordemos que fue presentado en 2013 el Plan Nacional de Desarrollo, así como el Plan Sectorial de Salud.
La reforma pretende crear el Seguro Nacional de Seguridad Universal, el cual consistirá en coordinar todos los centros de salud como el IMSS, ISSSTE, Seguro Popular, ISSSFAM y Pemex.   Lo anterior con motivo de la posible crisis financiera que se prevé para IMSS en 2017 y para el ISSSTE en 2026 derivado del exceso de pasivos laborales que tienen.   Se pretende que los beneficiarios del Seguro Popular sean atendidos por el IMSS y el ISSSTE.  
No es cierto que se dejaran de atenderé las enfermedades crónicas, ni los padecimientos de tratamiento prolongados.  El rumor surge porque hace poco se difundió en redes sociales los costos de los capitales constitutivos, es decir, los montos que tendrían que pagar los patrones en caso de no tener asegurado a sus trabajadores y requerir servicios medidos o las personas que acudan a solicitar servicios de salud sin ser derechohabientes. 
Es falso decir que el sistema de salud se privatizara.  Desde hace años se permite los convenios para que los trabajadores sean atendidos por empresas privadas, pero al ser más caro el servicio privado, casi ningún patrón ha suscrito estos convenios.

Existe otro concepto que muchas veces se confunde con privatización, que es la subrogación de algunos servicios médicos.