miércoles, 24 de febrero de 2016

Editorial No.38 Febrero 2016 - LEY MENDOZA

En diciembre pasado el Congreso del Estado de Baja California Sur modifico su Constitución Política del Estado, la Ley de Coordinación Fiscal, la Ley de Hacienda, así como la Ley de Derechos y Productos, pasando a su potestad los servicios de Control Vehicular, Registro Civil y Registro Público de la Propiedad y del Comercio, vendiendo la idea de que al homologarse los tramites se mejoraría el servicio en todo el estado.  Lo anterior en un completo sigilo, dado que ni los funcionarios de los municipios, ni los propios regidores, tenían información de lo que estaba ocurriendo en la ciudad de La Paz.  Normalmente un cambio tan trascendente como el anterior era operado políticamente con el visto bueno de los cabildos.

Inicio el año y se exhibieron los funcionarios estatales al crear un caos en las dependencias municipales.   No habían preparado ni siquiera la logística de cómo se iba a operar dicho cambio.
Había pasado la primera quincena y las nuevas dependencias, ahora estatales, no contaban con papelería oficial nueva ni sellos para otorgar el servicio.

Los municipios dejaron de percibir una cantidad importante de ingresos por concepto de derechos municipales.    Les vendieron la promesa a los municipios de que al registrarse como ingresos estatales podrán acceder a más recursos federales.

Resulta que quienes llevan poco tiempo controlando las finanzas del estado descubrieron el hilo negro.   Al anterior Secretario de Finanzas que fue operador transexenal habrá que preguntarle porque nunca propuso este cambio si es tan bueno para los municipios y para el estado.
El artículo cuarto transitorio de la Ley de Derechos y Productos otorga un paliativo.  Si el incremento entre la ley anterior municipal y la ley actual estatal es mayor al 25%, se aplicara un estímulo fiscal del 66.66%, sobre la diferencia entre las tarifas para 2016 y 33.33% para 2017.  
Lo único cierto es que los municipios dejaran de recibir inmediatamente una fuente importante de recursos propios y solo tienen la promesa de que en años venideros posiblemente reciban más participaciones federales.   El gobierno del estado es mal recaudador.  Recordemos que de todo su presupuesto solo lograr el 5% de recursos propios.  El gran perjudicado con este cambio es el ayuntamiento de Los Cabos dado que sus ingresos propios representan el 65% de la totalidad de sus recursos.

Hay un dicho mexicano aplicable a lo anterior que dice: “gavilán que agarra y suelta, no es gavilán”.   Y no vimos ningún gavilán en los ayuntamientos de todo el estado.

lunes, 15 de febrero de 2016

Breviario Fiscal No. 92 - Febrero 2016

En la ciudad de Monterrey, Nuevo León, a inicios de febrero el Servicio de Administración Tributaria (SAT) presento esquemas de simplificación fiscal ante la cúpula empresarial, los contadores organizados (IMCP) y la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON).  Los esquemas fueron: la declaración anual pre llenada y el modelo paramétrico de devoluciones rápidas.   De lo que se trata dice el SAT es de que con el apoyo de las nuevas tecnologías, los contribuyentes dediquen menos tiempo a las cuestiones de los impuestos y se enfoquen más a la generación de riqueza.  Comenta que el uso de la factura electrónica, contabilidad electrónica, buzón tributario, etc., es producto de la confianza de la autoridad hacia el contribuyente.   Todos sabemos que cuando el gobierno dice algo, tenemos que leerlo al revés.

Fue presentada también lo que se le llama ahora e.firma, que es la versión moderna de la firma electrónica (FIEL), lo que antes fue Firma Electrónica Avanzada (FEA).     También tendrán una versión para ser utilizada desde cualquier dispositivo móvil en una versión llamada e.firma portable.           Para obtenerla habrá que ingresar al portal del SAT y que registres tu correo electrónico en tu Buzón Tributario.  Utilizaras una aplicación llamada SAT Móvil.

Nuestros funcionarios federales están dando un mal ejemplo a los jóvenes mexicanos: no sirve de nada irse a estudiar al extranjero!   Las reformas estructurales fracasaron, los ingresos del país están por los suelos por la caída del precio del petróleo, no saben controlar el dólar, y aparte, siguen gastando como locos.   De donde creen que obtendrán esos ingresos que les faltan?  Les cobraran a los grandes empresarios todos los impuestos no pagados?  Claro que no!  Lo sacaran de la población mexicana.  Según cifras publicadas por ellos mismos en el reporte de finanzas públicas de SHCP los ingresos por multas del 2014 fueron 3,871 millones de pesos y en 2015 fue 7,824 millones de pesos.   Es decir, en un año el incremento en la recaudación de multas fue de 102%

Recordemos que a fines de febrero debemos de presentar la Determinación Anual de la Prima de Seguro de Riesgo de Trabajo, que es donde se manifiestan las enfermedades de trabajo y los accidentes de trabajo del año 2015.   No se presenta cuando al determinarla quede igual que el año anterior, cuando no tengan el año completo, cuando cambien de actividad o cuando ya tenga la prima mínima.   Puede presentarse vía internet por IDSE o en el formato impreso.  No presentar esta declaración puede generar multas.   La pregunta es, si el IMSS cuenta con esa información (accidentes de trabajo y enfermedades) porque no calculan ellos mismos la declaración y únicamente informan al patrón.   Es como la Cedula de Determinación de Cuotas Obrero Patronales, si ellos expiden las incapacidades, porque no las deducen de sus cedulas de emisión.   Ganas de fastidiar al patrón, de que pague más?

Mediante un Comunicado de prensa que posteriormente se confirmó con una regla miscelánea, el SAT informo que elimina la obligación de presentar la Declaración Informativa Anual de Clientes y Proveedores (Forma Oficial 42) a partir del año 2015.   Lo anterior se entiende dado que ya tiene toda la información vía CFDI y Contabilidad Electrónica.  En el año 2015 fueron 117,390 declaraciones anuales que se presentaron de este tipo.

En este mes se presenta la Declaración Informativa Múltiple (DIM), donde se declara los sueldos y salarios, conceptos asimilables, subsidio al empleo, crédito al salario.  También el programa puede generar las constancias de remuneraciones cubiertas y retenciones efectuadas de IVA e ISR que se efectúan cuando se pagan honorarios, arrendamientos y pagos a residentes en el extranjero.   Lo anterior en los Anexos 1, 2 y 4. Recordemos que el Anexo 3 es para donativos, Anexo 5 Régimen Fiscal Preferente, Anexo 6 Empresas Integradoras, Anexo 10 Fideicomisos.

INFONAVIT cuenta con un Programa de Facilidades 2016-2017 para regularizar la situación fiscal de los patrones, donde otorga beneficio si se paga en una sola exhibición, convenio de pagos con  montos menores y mayores.

Axesores Integrales & Asociados, SC.

CP Benito Delgadillo Rodríguez. Teléfono: 6241452124.