jueves, 26 de enero de 2017

Breviario Fiscal 98

Después de que a inicios de julio del año pasado la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación(SCJN) reconoció que las revisiones electrónicas vía buzón tributario son constitucionales, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) emitieron un comunicado conjunto sobre esta nueva modalidad con la cual la autoridad utilizará los medios electrónicos para interactuar la fiscalización con el contribuyente.   Recordemos que en este procedimiento el SAT emite una liquidación definitiva fundada y motivada y el contribuyente podrá usar la figura del PRODECON para solicitar un Acuerdo Conclusivo, que es un instrumento mediante el cual se suspende la auditoria, se desvirtúan observaciones o bien se regulariza.   Al utilizar esta figura, el contribuyente tiene derecho a la condonación del 100% de las multas.

En el reporte que presentó el SAT del primer semestre del año pasado, mencionan que cuentan con un total de 1,479,426 créditos fiscales, los cuales representan un monto de $464,965 millones de pesos.   De las cifras anteriores el 51% son los créditos que no se pueden cobrar porque están en disputas legales, el 17% son créditos de baja probabilidad de cobro y solamente el 32% de los créditos si se pueden cobrar.

Los reportes del primer semestre del 2016 que presenta sobre la recaudación del IEPS de SHCP reflejan que el rubro que más incrementó registro fue el de Bebidas saborizadas con azucares añadidos, lo cual tuvo un 15% respecto a su año anterior.   Es decir, los refrescos se encuentran dentro de la canasta básica y el aumento en la recaudación del país, el gobierno federal lo está sacando de la gente más pobre.   Es perverso.
PRODECON informó que la Suprema Corte de Justicia de la nación sentó Jurisprudencia en contra de la retención del 20% de ISR que estaban realizando las Afores por la aplicación de las reglas miscelánea fiscales de 2013, 2014 y 2015.  El SAT pretendía aplicar el concepto de “ingresos esporádicos” y retener el 20% cuando los trabajadores retiraran sus ahorros, en vez de aplicar las reglas de los sueldos y salarios.

En el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de B.C.S. número 33 del pasado 20 de agosto, se reformaron y adicionaron varios artículos al Código Civil del Estado y a la Ley sobre el régimen de propiedad en condominio, por medio del decreto 2363.   En el mismo Boletín, pero mediante el decreto 2368 hicieron lo propio con la Ley de Prestación de Servicios para la atención, cuidado y Desarrollo Integral Infantil.  Luego con el decreto 2369, reformaron, adicionaron y derogaron varios artículos del Código de Procedimientos Civiles.


Axesores Integrales & Asociados, SC || CP Benito Delgadillo Rodríguez ||Teléfono: 6241452124.        

1 comentario:

  1. :(
    Es bien sabido, siempre es así, joder a los mas jodidos... Ese debería ser su lema de campaña!!!

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