sábado, 31 de marzo de 2012

BREVIARIO FISCAL 28. - 4a. Semana de Marzo del 2012

Se acaba de hacer público que el Sistema de Administración Tributaria (SAT) pidió a los bancos enviar información sobre las tarjetas de crédito de los cuentahabientes.  Lo anterior, continuando con su política errónea de hacer pagar cada vez más a quien siempre paga!!   Oficio fechado el 17 de enero del 2012 que daba como plazo hasta el 29 de febrero del mismo año.    Ya Banco Azteca se amparo contra esta disposición y está en espera de que se resuelva el juicio.  El detalle está en la contraposición que tienen los artículos 32-b y 42a del Código Fiscal de la Federación, dado que el primero señala que solo podrán pedir información a los bancos por parte del SAT cuando estos últimos tengan un proceso de fiscalización, mientras que el segundo artículo mencionado dice que tienen facultades amplias para pedirles a terceras personas esa información.

Llega en el momento justo dado que acababa de anunciar el SAT que quienes tuvieran tarjetas de crédito de BANAMEX, Banorte y Bancomer, podrán  pagar sus impuestos usando el crédito de las tarjetas bancarias.  Los tres bancos podrán recibir el pago de la declaración anual, pero solo Banamex y Banorte también recibirán los pagos provisionales y definitivos, mientras que únicamente Banamex recibirá los pagos de los derechos, productos y aprovechamiento (DPA).   Eso significa, no usar las tarjetas de crédito para pagar los impuestos, es otra trampa de hacienda para hacerse de los números de cuenta de los contribuyentes.

Publica la revista Prontuario de actualización fiscal (PAF) en su último número (539) un artículo referente a que los administradores locales de recaudación no tienen facultades para designar a perito valuador.   Comenta un caso en que la Administración Local de Recaudación (ALR), fundamentado en el artículo 175 del Código Fiscal de la Federación  (CFF), designo perito valuador para rematar un bien, pero el contribuyente presento un recurso administrativo de revocación  ante la Administración Local Jurídica (ALJ), diciendo que el artículo 25 del Reglamento Interior del SAT (RISAT) no otorga facultades para ello, dado que no lo establece en ninguna de sus 58 fracciones.

El INFONAVIT dio a conocer el Programa de Apoyo para la regularización de adeudos,  cuya vigencia es al 31 de diciembre del 2012, habrá que acudir  en la Subgerencia de Recaudación Fiscal de la Delegación, para hacer valer los beneficios consistentes en reducción de multas, gastos de ejecución, recargos, etc.   Aplica para todos los adeudos generados hasta el sexto bimestre del 2010.   

El Gobierno del Estado informa por medio del Boletín Oficial que la deuda pública directa e indirecta se incremento del 30 de septiembre al 31 de diciembre del 2011, pasando de $1,378.7 millones de pesos a $1,438.9 millones de pesos, es decir un endeudamiento neto de 60.2 millones de pesos.  Interesante seria investigar en que periodo se origino dicha deuda y donde se invirtió ese recurso.   Lo curioso de este caso es que la deuda directa del gobierno del estado se incremento en $66,261,204.91, mientras que la deuda indirecta de los 5 ayuntamientos disminuyo en $6,091,724.52.

El ISR del régimen de intermedios se empezara a pagar a partir de la declaración del mes de febrero del 2012 en las oficinas de recaudación de rentas del gobierno del estado.   

El ayuntamiento de los cabos dio a conocer el Reglamento Municipal de apoyo económico a los estudiantes del municipio de los cabos, que fue presentado por la Comisión Edilicia de Educación, Cultura, Recreación y Deporte.  Fue en el Boletín 14 del 29 de Febrero del 2012.

CP Benito Delgadillo Rodríguez  /  624-14-22778.  Axesores Integrales & Asociados, S.C. cpdelgad@prodigy.net.mx, arcano6605@hotmail.com.  

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