Abril, mes en el que las
personas físicas deben de presentar su declaración anual, reza el Comunicado de
prensa 007/2013 que emitió el Sistema de Administración Tributaria. Continua diciendo el comunicado que tienes 2
opciones: la primera, utilizar la Declaración automática y la segunda es
instalar el programa DeclaraSAT. Ellos
recomiendan utilizar la Declaración
Automática argumentando que tiene información precargada. Nosotros recomendamos lo contrario: utiliza el DeclaraSAT no vaya ser que
estén grabando en caso de que no lo envíes.
Piensa mal y acertaras!!
Dice un refrán….Que personas físicas deben presentar declaración
anual? Todas aquellas que obtengan
ingresos sin importar el capítulo de la
Ley del Impuesto sobre la renta de que provenga (salarios, comercio, rentas,
honorarios, intereses, premios, dividendos, etc.). Solo deben excluirse del cálculo los
ingresos exentos y aquellos por los que se pago impuesto definitivo. Pero hay personas físicas que no tienen
obligación de presentar declaración anual: aquellas que obtienen ingresos por
salarios, hasta por un monto de $ 400,000 y/o
por intereses hasta por un monto real de $100,000.
La
mejor almohada es una conciencia tranquila!! Dice otro refrán, así es que
presentemos nuestra declaración anual en tiempo y forma antes de este día ultimo de abril. La omisión en la presentación de esta
declaración pudiera ser sancionada por
la autoridad como defraudación fiscal,
cuando pasen más de 12 meses desde la fecha que debieron ser presentadas. Y la pena será prisión desde tres meses hasta
seis años, dependiendo del monto defraudado…..Existen cosas que deben imitarse
siempre. Al parecer eso lo entendió el
gobierno del estado de Baja California Sur y emitió su propio programa estatal y lo llamo
igual PONTE AL CORRIENTE. Pero al parecer son solo para las
contribuciones federales. La diferencia
con el programa del SAT es que este deberá de presentarse en un escrito libre
dirigido a la Procuraduría Fiscal de esa dependencia, no haber sido condenado
en materia penal por infracciones fiscales y en dado caso de impugnación de
créditos, el desistimiento del mismo ante la autoridad competente.
Enorme
problema de credibilidad tiene encima el Ayuntamiento de Los
Cabos, al ser exhibido por sus ex adversarios políticos, con motivo de la
resolución del pasado 25 de marzo por parte del
Tribunal Unitario Agrario del juicio 67/2008 y 80/2009, donde por fin
reconocen que la titularidad de los derechos de propiedad del predio conocido
como La Ballena a favor del Ejido San
José, donde una coalición de funcionarios, equiparable a delincuencia
organizada, fabricaron contratos ficticios, que luego protocolizaron
notarialmente, falsificaron planos, otorgaron claves catastrales, y dieron de
alta folios en el Registro Público de la Propiedad.
CP Benito Delgadillo
Rodríguez / 624-14-22778. Axesores Integrales & Asociados, S.C. cpdelgad@prodigy.net.mx, arcano6605@hotmail.com.
La conciencia es, a la vez, testigo, fiscal y juez. dice el REFRÁN...
ResponderEliminarCuando la empresa intenta evadir impuestos, por lo general le aplica aquello de que lo barato sale caro, por lo que no está demás saber identificar los riesgos de evasión de la empresa para evitarle dolores de cabeza.
No hay plazo que no llegue ni deuda que no se pague...OTRO REFRÁN
Son muchas las formas utilizadas por los contribuyentes para evadir impuestos. Alguna son muy elaboradas, muy sofisticadas, y otras en cambio, sorprenden por su sencillez, por lo simple y efectivas que resultan. Pero claro, no es fácil conocerlas todas. Eso requiere un buen tiempo de investigación, análisis y sobre todo experiencia.
Lic. Ana Luisa Gastelum Puppo