viernes, 26 de diciembre de 2014

Breviario Fiscal No. 75 .- Diciembre 2014


Dentro de la 5ta modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal 2014, en la Regla I.2.5.26, se da la opción para las personas morales de presentar aviso de suspensión, cuando interrumpan sus actividades económicas que den lugar a la presentación de las declaraciones periódicas de pago o informativas, siempre que cumplan con los requisitos de estar como Localizados en su domicilio fiscal, encontrarse al corriente con sus obligaciones fiscales (Opinión del Cumplimiento) y que el Certificado de Sello Digital de la persona moral se encuentre activo. Que no aparezca en las listas que publica el Sistema de Administración Tributaria (SAT) de personas incumplidas.   Lo que representa una buena solución para no iniciar el trámite de liquidación de la persona moral. El problema es que si no tienen sello digital es porque simplemente no han operado.  El tramite será hasta por 2 años con la posibilidad de prorrogarlo un año más.

La 4ta Resolución de Modificaciones a la Miscelánea Fiscal 2014, en su Regla I.2.1.4.,  amplio para Baja California Sur el número de días inhábiles con motivo de las lluvias que provoco el Huracán Odile,  considerando estos del 15 de septiembre al 3 de octubre 2014.

Después de que en meses pasados la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sentó jurisprudencia contra el Buzón Tributario y dejo en suspenso la resolución de la Contabilidad Electrónica, el SAT se vio obligado a emitir un Comunicado de Prensa: el número 154/2014, de fecha 4 de diciembre donde recula diciendo que solamente 203,807 contribuyentes estarán obligados a enviar la información contable  a partir de enero 2015, y que será en forma gradual.  Que los contribuyentes que generen ingresos menores a 4 millones de pesos al año iniciaran el cumplimiento de esta obligación hasta el 2016.   Los arrendadores, servicios profesionales y RIF estarán relevados de la contabilidad electrónica siempre que utilicen el modulo del portal del SAT la herramienta electrónica Mis cuentas.   Y deja asentado su malestar con el poder Judicial mencionando en su comunicado que “estas modificaciones atienden a un mandato del Poder Legislativo y al trabajo consensuado de las autoridades involucradas en el tema”.  Y es que resulta que ahora utilizaran la Ley de Ingresos de la Federación para emitir nuevas obligaciones a los contribuyentes.  Es tanta la desesperación del gobierno federal que comete de nuevo errores por andar con sus prisas.  Pero por mientras empresas de programas informáticos que al parecer tienen muchos nexos con la autoridad fiscal hicieron su agosto por todo el país promoviendo sus nuevas versiones de sus programas de contabilidad, así como cursos de capacitación (carísimos ambos) para que pudieran cumplir con los requerimientos de la autoridad fiscal.  Dichas obligaciones deben de estar en el Código Fiscal de la Federación y no en leyes que son para otros efectos.  Pero como no se encuentra en la Agenda Legislativa volver a mover dicho Código, el SAT tendría que esperarse.  Algo que no quiere.

También dio a conocer el SAT el Proyecto de 7ma Modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal 2014.

El pasado 3 de diciembre se publicó en el Diario Oficial el Presupuesto de Egresos de la Federación por un monto de 4.7 billones de pesos.

El pasado 5 de diciembre se publicó en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados la iniciativa enviada por el ejecutivo para proponer la creación de las Unidades de Medidas y Actualización (UMA) y desvincular el salario mínimo de algunas cifras económicas como los créditos INFONAVIT, multas, etc.  Habrá que estudiar esto, no vaya a ser otras UDIS.

 CP Benito Delgadillo Rodríguez /  624-14-22778.   

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