sábado, 30 de julio de 2011

BREVIARIO FISCAL Num. 11. - 4a Semana de Julio. 2011

 
El Servicio de Administración tributaria público el pasado 1ero de Julio del 2011, la resolución miscelánea para este año.  Uno de los principales temas es que se podrán deducir las erogaciones con solo los estados de cuenta sin que se requiera solicitar o conservar factura o comprobante simplificado de la compra, siempre que realice el pago con cheque nominativo para abono en cuenta, tarjeta de crédito o debito, con monedero electrónico, tarjeta de servicio o mediante traspaso de cuentas entre bancos.   Lo anterior deberá ser destinadas solo para la actividad para la cual se obtienen ingresos, es decir, no se podrán utilizar para efectos fiscales las adquisiciones distintas a la de la actividad. Los requisitos mínimos contemplados en la regla I.2.8.3.4. , son tales como que las erogaciones estén gravadas a la tasa de  11% o 16% de IVA, que el estado de cuenta contenga el RFC del proveedor del bien o servicios que se deduce, que cada transacción no rebase de $ 100,000 sin incluir el IVA.

A partir del lunes 11 de Julio informa el SAT que las dependencias de SEDESOL  y SRA y sus órganos desconcentrados, únicamente recibirán el pago de los derechos respectivos por medio del e5cinco

A nivel municipal se anuncio el otorgamiento del 50% de descuento para el pago de los derechos en el refrendo de las licencias de alcohol.   Lo que no anunciaron es que va a pasar con los contribuyentes que pagaron en tiempo y forma dicho trámite.  En espera del anuncio por parte del cabildo de  algún certificado de promoción fiscal para el próximo,  para este tipo de contribuyentes, estaremos.

En los medios de comunicación se ha tocado el tema de la bursatilización de la deuda pública.   Uno de los principales promotores de este tema fue Nabor García Aguirre, quien fuera Secretario de Finanzas del Gobierno del  Estado de Baja California Sur.   En Noviembre del 2006 se publico la Ley de Deuda Pública para el Estado de Baja California Sur y para Marzo del 2008 se le efectuó la última reforma.  En la radio local un experto en finanzas, y en la prensa local también nuestro síndico municipal se han expresado en forma abierta a favor de este tema.   La Suprema Corte de Justicia dio sus opiniones sobre la inconstitucionalidad de querer decir que no es deuda pública, esta acción, y por lo tanto sujeta a transparentarse y fiscalizarse, tanto en Veracruz como en Sonora.  Analizaremos la Ley local para comentarlo en ediciones posteriores.

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