lunes, 26 de diciembre de 2011

BREVIARIO FISCAL Num. 22. - 2a Semana de Enero. 2012

El Sistema de Administración Tributaria  emite un comunicado de prensa donde presenta  lo que llamo Nuevo Esquema de Empresas Certificadas (NEEC),  donde menciona  que las aduanas siempre habían tenido un afán recaudatorio, pero que la dinámica social y comercial ha provocado una constante evolución.   Identifican 3 etapas en este proceso:  1.- La sustitución de importaciones en la década de los 80s,  2.- La entrada al GATT en 1986 y el comercio internacional,  y  3.- Evitar el tráfico de mercancías y sustancias ilícitas que ponen en riesgo la seguridad nacional en la actualidad.

Mal se ve el gobierno del estado emitiendo comunicados como el  Boletín Oficial número 59 del 20 de Octubre del 2011 donde da a conocer un nuevo logotipo y siglas de la  Contraloría General del Estado de Baja California Sur, como si eso fuera tan importante.  Apenas en abril del 2008 habían hecho lo mismo.

En el Boletín Oficial número 58  del 10 de octubre reformaron también el reglamento interior  de la Secretaria de Educación Pública, adicionando las unidades de Asuntos Jurídicos y Laborales, de Contraloría Interna y de Acceso a la Información Pública.   De paso modificación la Constitución del Estado, en el mismo boletín oficial.

El gobierno estatal dio a conocer el monto de las participaciones federales del tercer trimestre entregadas a los municipios del Estado de Baja California Sur, siendo un total de $170,841,093, quedando por municipio de la siguiente manera: La Paz $51,650,728, Comondu $29,106,337, Mulege $25,879,161, Los Cabos $46,653,157 y Loreto $17,551,710, cada uno de ellos conformado por los Fondos llamados General, Fomento Municipal, Fiscalización e Impuestos Especiales.  Es el 12% menos si lo comparamos con el primer trimestre del presente  año, que fue de $192,142,023.

El  31 de Octubre del 2011 se publico en el Boletín Oficial del Gobierno del estado de BCS, mediante el decreto numero 1939, la llamada Ley del Impuesto Estatal Vehicular.   Nuestros legisladores locales ni se percataron que tuvieron la oportunidad de hacer historia en el país no aprobando un impuesto no legítimo.   Este impuesto tuvo su origen en la Ley de Ingresos de la Federación en el año 1962 cuando se incluyo dentro de un artículo de la misma ley.   Para el año 1963 entro en vigor la Ley a la Tenencia y Uso de Automóviles   que se dice fue para financiar las olimpiadas del 68, pero este impuesto ya existía desde antes que México anunciara su candidatura a realizarlas.  Los absurdos solo se dan en México, decían unos amigos: -  impuesto por tener un vehículo?, - Déjate de cosas, le dije - en un tiempo los mexicanos pagamos  un impuesto por tener ventanas y puertas.   Para 1975 se  reformo este impuesto federal y se empezó a distribuir a los estados del país el 30% de la recaudación total.   Con esto se acallaron en su momento voces inconformes.   El caso es que el 21 de diciembre del 2007 se anuncio la abrogación de dicho impuesto para el año 2012 y creo que serán pocos las legislaciones locales que no emitirán su propia ley estatal por no haber hecho estudios de cómo sustituir este gravamen.  Lo que sí es un hecho es que es una forma muy efectiva de recaudación fiscal, y más si ya fue avalado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el 2005.
Aquí en Baja California Sur, este impuesto lo recauda el estado y lo han vinculado al canje de placas, haciendo participe a  todos los empleados  municipales de forzar a dicho pago a los contribuyentes que tienen que ver algo con sus vehículos.   A ver, porque cuando voy a pagar mi impuesto predial no me piden mi constancia de que estoy al corriente con mis impuestos federales?  Sean congruentes, por favor.

Por cierto, ha existido siempre una confusión cuando sacas  placas para tu vehículo.   Existe una regla en los impuestos: cuando algo exenta la federación, los estados pueden cobrarlo.   La enajenación de cosas usadas efectuada por particulares  está exenta por la Ley del IVA.   Por eso si compras un vehículo a una empresa y esta te otorga la factura a nombre tuyo te vas directamente a sacar placas al municipio; pero si es entre particulares la enajenación, entonces te vas a pagar el Impuesto sobre enajenación de bienes muebles (cambio de propietario) al estado, pero porque no pagaste el IVA federal!!    Esto a algunos contadores nos ha provocado discusiones cada vez que cambian de empleados encargados de dicho tramite.

CP Benito Delgadillo Rodríguez  /  624-14-22778. cpdelgad@prodigy.net.mx, arcano6605@hotmail.com     


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